Unidade de Promoción e Desenvolvemento da Mancomunidade de Vigo
Publicaciones de la UPD
Revista Landra
Landra Nº 17

Noviembre 2010
Arco da Nova
Arco da Nova

Boletín mensual
Inicio-Proyectos ET-TE-Escuelas y Talleres-Entidades Promotoras
Galego Español
Entidades Promotoras
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Cualquier entidad pública o privada sin ánimo de lucro puede promover un proyecto de Escuela o Taller. En nuestra Comunidad, es frecuente, que sean las administraciones locales las que desarrollen este tipo de proyectos. También lo pueden solicitar las siguientes entidades:
 
- ONG´s
- Sindicatos
- Entidades privadas sin ánimo de lucro
- Fundaciones
- Asociaciones
- Consorcios
- Entes públicos estatales o autonómicos
 

REQUIRIMIENTOS

Desde el momento que una entidad promotora pretende solicitar una Escuela o Taller, es necesario que se cumplan una serie de requerimientos para su puesta en marcha.

Recursos humanos: Determinar si existe el suficiente número de desempleados en el territorio (mayores de 16 años y menores de 25 para una ET o mayores de 25 años para un TE).

Recursos materiales: Determinar el lugar físico donde se va a emplazar la sede administrativa de la Escuela o Taller, las aulas para la formación obligatoria y complementaria y donde van a realizar las prácticas de las diferentes especialidades.

Inserción laboral: Verificar si el territorio en el que se desarrollará el proyecto ofrece posibilidades reales de empleo para los participantes.

Obra o servicio: Debe existir un proyecto de obra o servicio de utilidad pública o social sobre el que actuar. Es muy importante tener claro cual es la obra o servicio que se pretende realizar, que se adecúe al plan formativo para el aprendizaje, así como ver si existen las cesiones correspondientes en el caso de ser necesarias, o bien las autorizaciones administrativas que sean exigibles atendiendo a la naturaleza jurídica y al régimen de protección de los elementos sobre los que se pretende actuar. Además será preciso una descripción detallada de la obra o servicio que se va a realizar, así como el destino previsto para su utilización posterior.

Partida presupuestaria: Poder consignar una partida presupuestaria para sufragar los gastos derivados de la ejecución de la obra o servicio, así como todos aquellos costes que la subvención de la Consellería de Traballo no financia.
 

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